En el caso 3 hay 1,0 minutos del tiempo condicionado por la máquina en
que el obrero no trabaja, y según el método de cálculo ya explicado, se considera
que da 0,75 minutos de «respiro», de modo que el resto del suplemento por fatiga
(0,75 minutos) debe tomarse fuera del tiempo del ciclo. En el caso 4 se parte del
supuesto de que otro trabajador cercano podría ocuparse de la operación si el
titular tuviera que dejar su puesto más de los diez minutos del lapso de inactividad
que ocurre durante el elemento ejecutado por la máquina.
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